La agencia le ofrece todos los servicios de investigación que por la Ley 23/92 de Seguridad Privada de 30 de julio, corresponde a los detectives privados dentro de los ámbitos económicos, familiares, mercantiles, laborales y cualquier otro atribuible a la investigación privada, y cuyo objeto sea obtener la información precisa sobre hechos ocurridos y en su caso aportar las pruebas mediante la confección de los correspondientes informes, con el valor legal que la ley concede a los detectives privados en su calidad de testigos peritos.

Los informes tienen el carácter de confidenciales por el compromiso contractual entre el cliente y el detective, y solo pueden ser divulgados a efectos judiciales.

Cuando la finalidad de la investigación sea una acción judicial, el detective se personará en las instancias judiciales para la ratificación del informe presentado.

La agencia dispone de los últimos medios electrónicos para conseguir la mayor eficacia en los seguimientos de personas y vehículo, consciente de la importancia de esta actividad y de los problemas actuales del exceso de tráfico.

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